¿Pagas a una cuenta distinta de la de tu proveedor?: cuándo debes informar a la SUNAT

¿Pagas a una cuenta distinta de la de tu proveedor?: cuándo debes informar a la SUNAT
  • Una transferencia bancaria podría no ser suficiente para evitar reparos tributarios. Hay un requisito que las empresas pueden pasar por alto.

Pagar a un proveedor en una cuenta bancaria distinta a la suya puede generar consecuencias tributarias si no se cumplen los requisitos establecidos por la SUNAT. Cuando el proveedor designa a un tercero para recibir el dinero, es necesario comunicar esa designación a la entidad antes de realizar el pago para evitar poner en riesgo el crédito fiscal y la deducción del costo o gasto.

¿Qué exige la norma?

El artículo 5-A de la Ley N.° 28194 establece que, si el pago se realiza a un tercero designado por el proveedor, la designación debe comunicarse a la SUNAT antes del desembolso.

Al respecto, María Gracia Osores Guiulfo, del estudio Benites, Vargas & Ugaz, explica que la transferencia bancaria acredita el movimiento del dinero, pero no reemplaza la comunicación exigida por la norma. Por ello, las empresas deben verificar que este requisito se haya cumplido antes de efectuar el pago, incluso si cuentan con los comprobantes bancarios y los documentos que sustentan la operación.

¿Qué resolvió el Tribunal Fiscal?

En la Resolución del Tribunal Fiscal (RTF) N.° 05957-13-2026, el organismo examinó el caso de un contribuyente que transfirió dinero a terceros designados por sus proveedores, pero comunicó esa designación a la SUNAT después de realizar los pagos.

El Tribunal consideró que los comprobantes bancarios y la documentación presentada no reemplazaban la comunicación previa. Por ello, mantuvo el reparo al crédito fiscal de las operaciones en las que se incumplió este requisito.

¿Qué deben hacer las empresas antes de transferir?

Según un informe de la SUNAT, la comunicación puede presentarla el comprador o el proveedor, siempre que se realice antes del pago.

Osores Guiulfo recomienda verificar el cumplimiento de este requisito antes de transferir el dinero. En todo el caso, el comprador puede presentar la comunicación para reducir el riesgo de un futuro reparo tributario.

A falta de regulación, también recomienda que la comunicación identifique al comprador, al proveedor, al tercero, así como a las operaciones y comprobantes involucrados.

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