¿Cambios en el Seguro de Desgravamen? 5 puntos clave de la nueva norma

  • La reciente regulación amplía las opciones al momento de contratar este seguro, pero también es necesario que los usuarios tengan mayor claridad al tomar una decisión.

A partir del 9 de septiembre, entrará en vigencia una normativa que modifica las condiciones del Seguro de Desgravamen asociado a créditos de consumo (efectivo, vehicular, de estudios o tarjetas). Esta disposición aplicará únicamente a nuevos créditos contratados desde esa fecha y no afectará de manera retroactiva los préstamos vigentes. El objetivo principal es brindar mayor flexibilidad al usuario en la contratación del seguro y fomentar decisiones financieras más informadas.

En ese sentido, Rodrigo Zavala, gerente de Vida y Pensiones de Pacífico Seguros, detalla los puntos más importantes que debes tener en cuenta:

  1. No será obligatorio en todos los casos: El Seguro de Desgravamen se mantendrá como obligatorio sólo en los préstamos hipotecarios, debido a que son financiamientos a largo plazo. En los demás créditos, como efectivo, vehicular, de estudios o tarjetas, su contratación será opcional.
  2. Las deudas no se pagan con el patrimonio de los herederos: Si una persona fallece y no tenía un Seguro de Desgravamen, sus familiares no están obligados a asumir la deuda con su propio patrimonio. Sin embargo, el banco puede recuperar lo prestado a través de los bienes que dejó la persona fallecida. Por ejemplo, si el titular de un crédito vehicular fallece con deuda pendiente y no cuenta con este seguro, el auto será solicitado por la entidad financiera para cubrir el saldo. En cambio, si el fallecido tenía un Seguro de Desgravamen, su deuda queda cubierta y sus bienes, en este ejemplo el auto, no se ven afectados y permanecerán con la familia.
  3. El seguro te cubre por el tiempo que pagas: El Seguro de Desgravamen se paga junto con la cuota del crédito, y su protección se mantiene siempre que estés al día en los pagos. Este seguro no funciona como un ahorro ni genera un fondo acumulado: lo que pagas cubre tu deuda solo durante el tiempo en que tienes el crédito activo. En general, los pagos no son reembolsables, salvo que hayas contratado el Seguro de Desgravamen con Retorno, que permite recibir una parte del dinero aportado al finalizar el crédito, siempre que hayas pagado al menos dos anualidades completas.
  4. Solo se cobrará en una moneda: A partir de septiembre, la prima del Seguro de Desgravamen deberá cobrarse en la misma moneda en que fue pactado el crédito. Ya no se permitirá que el cobro se realice en una moneda distinta.
  5. Transparencia en los costos: Los bancos y aseguradoras deberán publicar en sus páginas web el costo total del seguro, detallando cuánto corresponde a la comercialización y/o intermediación. También deberán informar si existen comisiones, bonificaciones u otros beneficios relacionados.

“El Seguro de Desgravamen, que ahora es opcional, te invita a reflexionar: ¿quieres proteger tu patrimonio familiar o prefieres planificar cómo se manejarán tus deudas si algo te sucede? Tu elección es clave para tu patrimonio, tu futuro y el de tu familia. Si decides contratar el seguro de desgravamen, proteges a los tuyos de  tus obligaciones financieras; si optas por no hacerlo, es fundamental tener un plan claro para enfrentarlas en caso ocurra algo”, concluye Zavala.

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